Por Sam Colop
Prensa Libre (04 oct 06)
El pasado fin de semana estuve en una reunión con estudiantes universitarios mayas y uno de los puntos que se tocaron fue el asunto de los linchamientos, los latigazos y el rapado a mujeres acusadas de traficar con infantes.
El problema que ellos ven es que, en diversos espacios, esto se señala como característica del “derecho consuetudinario indígena” y más de algún catedrático de Derecho lo califica como prácticas del “derecho maya”.
Esto último se ve reforzado en algunos medios de comunicación y ciertos columnistas que identifican esa aberración jurídica como parte de aquel sistema jurídico. La intención es obvia: se trata de desprestigiar o menospreciar a un conjunto de normas escritas y practicadas por las distintas comunidades mayas.
El derecho maya seguramente no es perfecto, pero busca reparar el daño causado, y si históricamente existieron penas severas como consecuencia de venganzas o guerras, los azotes y el corte de cabello a las mujeres tienen un origen colonial. Desafortunadamente, como se replican aquellas prácticas también se repiten los linchamientos derivados de la campaña contrainsurgente.
En el Título de Totonicapán (UNAM, 1983), por ejemplo, se habla de las acciones tomadas por Kikab ante la muerte de K'otuja; pero, en ese mismo texto, se ilustra también el comportamiento por la parte “ofendida” en el caso de adulterio. El deseo de ahorcarse por parte del varón ofensor concuerda con las ideas cristianas de uno de los traductores, pero no con el texto k'iche'.
Sobre los azotes y rapaduras, veamos el siguiente ejemplo extraído de una de las memorias en el libro Nuestro pesar, nuestra aflicción (UNAM/Cirma, 1996) donde un alcalde maya y cuatro personas más que suscriben el documento se quejan de lo siguiente: “A nosotros nos castigaron cuando vinieron el oidor, licenciado Valdés de Cárcamo, Juan de Chávez, escribano, y su nahuatlato, Juan de Bobadilla. Llegaron el sábado y el domingo nos metieron en la cárcel.
Ninguno de los hombres fue a misa. El lunes él nos sacó a la calle [arrastrados por] los caballos, con que nos espantaron. Nos dieron 200 azotes en la calle. Dos veces se hizo justicia, de manera que dos veces, aquí en nuestro pueblo, nos dieron veinte azotes a cada uno de nosotros y nos raparon”.
Esto de endosar al derecho maya prácticas salvajes es como pensar que lo que caracteriza al derecho ladino guatemalteco es esencialmente la pena de muerte, que es más inhumana, cavernícola y anticristiana.
Por aparte, entre las ONG mayas existen defensorías y asociaciones que dicen promover los derechos indígenas, pero ante estos casos guardan un silencio sospechoso. Quisiera creer que es por desconocimiento y no porque son más “ladino-cristianos” que sus socios para avalar prácticas que van en contra los derechos humanos.
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