Por Mildred Luna Lazo de Espina
Coordinadora del Programa Educativo del Organismo Judicial
Publicado en Prensa Libre
Los linchamientos no son nuevos. En la historia se les conoce desde tiempos inmemorables. Su nombre se debe a un coronel norteamericano llamado Charles Lynch, quien organizó a ciudadanos destacados de la región de Virginia para que actuaran contra unos conspiradores pro británicos, en 1780.
A partir de este hecho se derivó el verbo linchar, y el sustantivo linchamiento, hoy universalmente aceptados. El concepto de linchamiento conlleva básicamente dos ideas: dar muerte a un sospechoso o un reo sin el debido proceso y en forma tumultuaria; es decir, en masa o en grupos numerosos de personas.
En este fenómeno inciden diversos aspectos: sociales, psicológicos, económicos, políticos y culturales, y, paradójicamente, luego de la firma de los acuerdos de paz en Guatemala, en 1996, empieza a tomar notoriedad.
Los linchamientos ocurren como reacción emocional de un grupo de personas ante un hecho delictivo, por lo general, promovido por líderes que instan a hacer una “justicia de urgencia”, sin considerar que esta acción les lleva a cometer un delito grave.
Se ha demostrado que el linchamiento afecta gravemente la salud mental y emocional de los habitantes, fomenta la cultura de violencia y la inseguridad y daña la imagen local, que repercute en la visita de turistas nacionales y extranjeros, y, en algunos casos, crea un ambiente de anarquía.
Desde el año 1999 surge el Programa Educativo del Organismo Judicial, dirigido a la población guatemalteca, y cuyo objetivo principal es dar a conocer y fomentar en la población los aspectos relacionados con derechos y deberes de las personas; mecanismos formales y alternativos de resolución de conflictos, y propiciar la confianza en la efectividad y moralidad del sector justicia; entre sus específicos: prevención de delitos, faltas y transgresiones a la ley.
El Programa Educativo cuenta con el subprograma de Prevención de Linchamientos, dirigido a los adultos, cuyo objetivo es contribuir a la educación y concienciación de la población, para evitar la participación en este fenómeno social.
En los procesos formativos, capacitaciones, talleres y encuentros entre las autoridades judiciales y los líderes comunitarios, se orienta a las personas en el conocimiento básico de las leyes, los derechos y obligaciones del ciudadano y se fomenta la necesidad de buscar el apoyo de las autoridades ante la comisión de un delito o falta cometidos por una o varias personas.
Este subprograma es una propuesta de solución al fenómeno, que bajo ningún concepto debe ser aceptado por la sociedad guatemalteca, no solo por ser una negación a la aplicación de la justicia y no permite el estado de Derecho, sino, primordialmente, porque atenta contra la vida del ser humano.
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