Del conocido empresario quetzalteco Roberto Gutiérrez Martínez (elPeriodico 17 may 2012)
"Establecida la jefatura del Estado en Quetzaltenango, surgió el requerimiento de bestias para el Ejército que dirigía el también liberal José Pierson para contrarrestar al Ejército de Arce, para lo cual decomisaron varios patachos de mulas pertenecientes a los religiosos Franciscanos, lo cual enojó al pueblo que, enardecido por líderes conservadores, persiguió al jefe de Estado acorralándolo en la Iglesia de San Francisco, (hoy Catedral Metropolitana del Espíritu Santo), en donde se refugió el doctor Cirilo Flores, protegido por el párroco, pero la turba lo sacó al parque en donde lo linchó el 13 de octubre de 1826." Leer más AQUÍ
Difiere en varios detalles importantes con la versión que cuenta Gustavo Porras en su libro Las Huellas de Guatemala (2009).
Registro y análisis de episodios sobre esta forma de violencia colectiva, desde una perspectiva comparada.
17 May 2012
05 May 2012
Solola: linchan a presunto delincuente
Hombre muere tras haber sido vapueleado
Freddy Vinicio Cáceres Ara, de 31 años, murió ayer después de que fuera vapuleado por una turba de vecinos que se unió a la Policía Nacional Civil (PNC) para perseguirlo, luego de que tratara de esconderse en la vivienda de familiares, en la zona 2 de la ciudad de Sololá.
Leer más en PrensaLibre.com
Freddy Vinicio Cáceres Ara, de 31 años, murió ayer después de que fuera vapuleado por una turba de vecinos que se unió a la Policía Nacional Civil (PNC) para perseguirlo, luego de que tratara de esconderse en la vivienda de familiares, en la zona 2 de la ciudad de Sololá.
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22 March 2012
Entrevista en AlJazeera sobre Solola 2009
Reportaje y entrevista de AlJazeera sobre los casos de linchamiento ocurridos en Sololá y Panajachel en 2009.
Hasta ahora incluyo este video en el BLOG porque un amigo, Chris, me hizo favor de convertirlo a un formato fácil de compartir por este medio. Gracias. CM.
Hasta ahora incluyo este video en el BLOG porque un amigo, Chris, me hizo favor de convertirlo a un formato fácil de compartir por este medio. Gracias. CM.
02 March 2012
Caso del Siglo Dieciocho en Guatemala
Agradezco a Ariel Batres por llamar mi atención sobre este evento en la historia de Guatemala. CM.
Sospecha de alzamiento de indios contra ladinos por desaparición de títulos de tierras
"Más no quedaron satisfechos con haberle dado cien azotes, porque el día miércoles siete del corriente abril lo volvieron a sacar para castigarlo, y lo tuvieron amarrado en un banco cuasi toda la mañana, y aunque entonces no se castigó, tocaron cajas para que se juntaran chicos y grandes, habiéndose observado estar todos armados como amenazando a querer alzarse, y dentro del tumulto se percibían voces que decían: que vengan ahora a defenderte tus amigos los ladinos. Tenemos orden de quemarte y quitarte la vida si no entregás el título, ..."
AGCA., A1.21.4, Leg. 174, Exp. 3544, fol. 1 – 2.
Leer más en Asociación para el Fomento de los Estudios Históricos en Centroamérica
22 February 2012
Vapuleado en Sacatepéquez
por Emisoras Unidas
Un hombre de 19 años acusado de robo, fue vapuleado por pobladores de la aldea la Libertad en Santa Lucía Milpas. Bomberos Municipales Departamentales lo trasladaron hacia un hospital de la localidad luego que la intervención de la Policía Nacional Civil permitiera su liberación.
El joven retenido fue identificado como Marcos Vladimir Ayala Domínguez. Los residentes del lugar también destruyeron un vehículo de la PNC porque aparentemente los uniformados habían dejado en libertad al supuesto delincuente.
Escuchar audio de la noticia AQUÍ
PS: en 2011 la PNC no reporta ni un solo muerto por linchamiento en este departamento. cm
Un hombre de 19 años acusado de robo, fue vapuleado por pobladores de la aldea la Libertad en Santa Lucía Milpas. Bomberos Municipales Departamentales lo trasladaron hacia un hospital de la localidad luego que la intervención de la Policía Nacional Civil permitiera su liberación.
El joven retenido fue identificado como Marcos Vladimir Ayala Domínguez. Los residentes del lugar también destruyeron un vehículo de la PNC porque aparentemente los uniformados habían dejado en libertad al supuesto delincuente.
Escuchar audio de la noticia AQUÍ
PS: en 2011 la PNC no reporta ni un solo muerto por linchamiento en este departamento. cm
17 February 2012
Castigos Físicos y Públicos en Guatemala Colonial
En el caso de la Hacienda e Ingenio de San Gerónimo, Baja Verapaz, donde la poblacion era predominantemente de esclavos negros, libertos, mulatos, zambos y ladinos, bajo el contro de los dominicos que producían azúcar y licor. Después de la Independencia y con la llegada de los liberales al poder, pasó a manos de familias Inglesas.
"El uso que hacía Bennett de su bastón importado para abusar de su víctima fue tan significativo como típico. Esta era una cultura todavía solidamente comprometida con el látigo y el palo, en vez de la vara de la justicia por ejemplo, como símbolo e instrumento en última instancia del poder y la legitimidad. Las autoridades municipales defendieron bastante abiertamente el uso de “cuerazos” administrados con el látigo tradicionalmente elaborado con el pene de toro (“con una verga”) para disciplinar a infractores tanto varoniles como femeninos, al tiempo que demandaban que se sometiesen a tales castigos, su resistencia constituía a ojos de las autoridades otra prueba de intenciones malévolas o culpabilidad y un delito similar al de ofrecer resistencia al arresto (disciplina en este caso). La picota de la hacienda colonial dominica fue uno de los primeros símbolos en ser removidos tras la abolición, pero la población trabajadora de San Jerónimo seguía instalada al otro lado de la calle en Barrio Abajo, en las mismas casas que habitaban como esclavos. Y los azotes tuvieron lugar, en el sitio de la falta o bien en la cárcel del edificio municipal al igual que antes, aunque ya no necesariamente a plena vista pública. La autoridad republicana hacía eco de los tiempos de la esclavitud de tantas maneras que esto no podía pasar inadvertido por los vecinos locales, y los azotes fueron quizás el ejemplo más flagrante de ello."
Fuente: Lowell Gudmundson, SANTOS DOMINICOS Y SALVAJES INGLESES: LA COLONIA Y LA ESCLAVITUD A LA LUZ DE UNA LIBERTAD FRUSTRADA. Ponencia presentada al Congreso de Historia Centroamericana, Panamá, julio de 2002, p. 11
"El uso que hacía Bennett de su bastón importado para abusar de su víctima fue tan significativo como típico. Esta era una cultura todavía solidamente comprometida con el látigo y el palo, en vez de la vara de la justicia por ejemplo, como símbolo e instrumento en última instancia del poder y la legitimidad. Las autoridades municipales defendieron bastante abiertamente el uso de “cuerazos” administrados con el látigo tradicionalmente elaborado con el pene de toro (“con una verga”) para disciplinar a infractores tanto varoniles como femeninos, al tiempo que demandaban que se sometiesen a tales castigos, su resistencia constituía a ojos de las autoridades otra prueba de intenciones malévolas o culpabilidad y un delito similar al de ofrecer resistencia al arresto (disciplina en este caso). La picota de la hacienda colonial dominica fue uno de los primeros símbolos en ser removidos tras la abolición, pero la población trabajadora de San Jerónimo seguía instalada al otro lado de la calle en Barrio Abajo, en las mismas casas que habitaban como esclavos. Y los azotes tuvieron lugar, en el sitio de la falta o bien en la cárcel del edificio municipal al igual que antes, aunque ya no necesariamente a plena vista pública. La autoridad republicana hacía eco de los tiempos de la esclavitud de tantas maneras que esto no podía pasar inadvertido por los vecinos locales, y los azotes fueron quizás el ejemplo más flagrante de ello."
Fuente: Lowell Gudmundson, SANTOS DOMINICOS Y SALVAJES INGLESES: LA COLONIA Y LA ESCLAVITUD A LA LUZ DE UNA LIBERTAD FRUSTRADA. Ponencia presentada al Congreso de Historia Centroamericana, Panamá, julio de 2002, p. 11
Caso en Chalco, Estado de México
Multitud enardecida linchó a tres cerca de Ciudad de México.
Ver más en Univision.com
Ecos de linchamientos en Chalco, México
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Ecos de linchamientos en Chalco, México
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26 January 2012
Muertes por linchamiento durante 2011 en Guatemala
Según los registros de la Policía Nacional Civil (PNC) en 2011 hubo 49 muertes por linchamiento en toda la República de Guatemala. Ello ocurrió en 10 departamentos de un total de 22 (en 32 municipios de un total de 333). El total de homicidios por otras causas violentas (arma de fuego, p.e.) fue de 5,681 durante todo el año.
AQUI las tablas que me envió la PNC con el detalle de los municipios y las muertes por linchamientos en cada uno.
AQUI las tablas que me envió la PNC con el detalle de los municipios y las muertes por linchamientos en cada uno.
25 January 2012
Comunidades sin Autoridad
por Christian Skinner-Klee
elPeriódico (25 ene 2012)
La Constitución reconoce y protege las tradiciones y cultura indígenas, permitiendo que sean las mismas comunidades quienes juzguen de acuerdo a sus costumbres a delincuentes. Sin embargo, en algunos lugares de Guatemala, se abusa de esta disposición ya que la gente ha decidido tomar la justicia por sus propias manos, actuando fuera del marco legal establecido y retrocediendo a un estado de naturaleza, haciendo caso omiso al contrato social tal y como lo propone Locke. Desde torturas hasta linchamientos son algunos de los ejemplos que se escuchan en las noticias casi semanalmente.
El siguiente paso, al no frenar estos actos desde un principio, ha desencadenado que en algunos departamentos, como Quiché y San Marcos, los policías, fiscales e incluso soldados sean retenidos para ser canjeados. Más impresionante aún es la decisión de los elementos de seguridad de abandonar estos lugares, como ocurrió en Quiché, donde los fiscales del MP firmaron un acta donde se comprometieron a abandonar la persecución penal de varios sindicados de delitos y en San Marcos donde la Policía Nacional Civil (PNC) ha decidido dejar varios municipios.
Para entender solo algunas de las ilegalidades cometidas por este tipo de accesiones, la Ley de la PNC desarrolla el concepto de seguridad pública “el que junto al de libertad de los habitantes, forma parte de los fines y deberes que justifican la propia existencia del Estado, conforme los Artículos 1o. y 2o. de la Constitución (…)”. Estos artículos establecen que el Estado se organiza para proteger a la persona y garantizar a sus habitantes la seguridad, paz, justicia y vida. ¿Atenta entonces este abandono contra lo establecido en la Constitución? Sin duda alguna sí lo hace.
Si bien la justificación del Estado para actuar de dicha manera es evitar que más agentes sean retenidos, este tipo de manifestaciones requieren de un control inmediato (si no es que no se han salido de control). Dentro de los planes de solución es una negociación con aquellas personas que realizan estos secuestros lo cual, a mi parecer, es sumamente inadecuada. En este caso valdría más la pena referirse al refrán que menciona que “tranquilidad viene de tranca”. No estoy proponiendo que se despliegue al Ejército de forma descabellada, sino que se haga valer la Constitución por los medios idóneos para no retardar más el proceso de justicia esencial en el contrato social del que todos formamos parte.
elPeriódico (25 ene 2012)
La Constitución reconoce y protege las tradiciones y cultura indígenas, permitiendo que sean las mismas comunidades quienes juzguen de acuerdo a sus costumbres a delincuentes. Sin embargo, en algunos lugares de Guatemala, se abusa de esta disposición ya que la gente ha decidido tomar la justicia por sus propias manos, actuando fuera del marco legal establecido y retrocediendo a un estado de naturaleza, haciendo caso omiso al contrato social tal y como lo propone Locke. Desde torturas hasta linchamientos son algunos de los ejemplos que se escuchan en las noticias casi semanalmente.
El siguiente paso, al no frenar estos actos desde un principio, ha desencadenado que en algunos departamentos, como Quiché y San Marcos, los policías, fiscales e incluso soldados sean retenidos para ser canjeados. Más impresionante aún es la decisión de los elementos de seguridad de abandonar estos lugares, como ocurrió en Quiché, donde los fiscales del MP firmaron un acta donde se comprometieron a abandonar la persecución penal de varios sindicados de delitos y en San Marcos donde la Policía Nacional Civil (PNC) ha decidido dejar varios municipios.
Para entender solo algunas de las ilegalidades cometidas por este tipo de accesiones, la Ley de la PNC desarrolla el concepto de seguridad pública “el que junto al de libertad de los habitantes, forma parte de los fines y deberes que justifican la propia existencia del Estado, conforme los Artículos 1o. y 2o. de la Constitución (…)”. Estos artículos establecen que el Estado se organiza para proteger a la persona y garantizar a sus habitantes la seguridad, paz, justicia y vida. ¿Atenta entonces este abandono contra lo establecido en la Constitución? Sin duda alguna sí lo hace.
Si bien la justificación del Estado para actuar de dicha manera es evitar que más agentes sean retenidos, este tipo de manifestaciones requieren de un control inmediato (si no es que no se han salido de control). Dentro de los planes de solución es una negociación con aquellas personas que realizan estos secuestros lo cual, a mi parecer, es sumamente inadecuada. En este caso valdría más la pena referirse al refrán que menciona que “tranquilidad viene de tranca”. No estoy proponiendo que se despliegue al Ejército de forma descabellada, sino que se haga valer la Constitución por los medios idóneos para no retardar más el proceso de justicia esencial en el contrato social del que todos formamos parte.
18 January 2012
Azotes como "castigo maya"
Azotan a pastor evangélico por agredir a su cuñada en Quiché
Un pastor evangélico recibió nueve azotes de manera pública como parte de un castigo maya por haber golpeado a su cuñada en la comunidad Xatinap Primer Centro, Santa Cruz del Quiché.
Leer más en PrensaLibre.com
Un pastor evangélico recibió nueve azotes de manera pública como parte de un castigo maya por haber golpeado a su cuñada en la comunidad Xatinap Primer Centro, Santa Cruz del Quiché.
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Definición del Diccionario de la Lengua Española
Linchar.
(De Ch. Lynch, juez de Virginia en el siglo XVIII).
1. tr. Ejecutar sin proceso y tumultuariamente a un sospechoso o a un reo.
Real Academia Española, XXII edición.
(De Ch. Lynch, juez de Virginia en el siglo XVIII).
1. tr. Ejecutar sin proceso y tumultuariamente a un sospechoso o a un reo.
Real Academia Española, XXII edición.
28 December 2011
Ciudad de Guatemala: dos muertes por linchamiento
Carlos A. Mendoza
Recientemente recibí el informe de la Policía Nacional Civil (PNC) sobre los homicidios en la Ciudad de Guatemala del 1 enero al 30 de noviembre 2011. En el mismo se registraron dos muertes por linchamiento: uno en la zona 1 y otro en la zona 5 de la Capital. En total hubo 977 homicidios en la ciudad que casi llega a 1 millón de habitantes, por lo que su tasa es de aproximadamente 100 homicidios por cada 100 mil habitantes.
Recientemente recibí el informe de la Policía Nacional Civil (PNC) sobre los homicidios en la Ciudad de Guatemala del 1 enero al 30 de noviembre 2011. En el mismo se registraron dos muertes por linchamiento: uno en la zona 1 y otro en la zona 5 de la Capital. En total hubo 977 homicidios en la ciudad que casi llega a 1 millón de habitantes, por lo que su tasa es de aproximadamente 100 homicidios por cada 100 mil habitantes.
Escuintla: Turba vapulea a un hombre
Unos 200 comerciantes vapulearon ayer a Luis Alberto Quintanilla Sánchez, de 26 años, a quien acusaban de haber robado dinero en una venta de telas, un salón de belleza y de haber herido a un locatario del mercado de Tiquisate, Escuintla. Después de la golpiza lo entregaron a la Policía. Leer más en PrensaLibre.com
04 December 2011
27 November 2011
Sobre Juntas Locales de Seguridad - Mixco
En la ciudad sin barrotes
por Marta Sandoval
elPeriódico (20 nov. 2011)
En Ciudad Satélite hay una ley diferente: si alguno de los vecinos roba será expulsado para siempre de la colonia. Si su familia le recibe de vuelta, tendrá que exiliarse también. Si es una mujer la delincuente le cortarán el cabello y las cejas, para que la vergüenza se vea su cuerpo.
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por Marta Sandoval
elPeriódico (20 nov. 2011)
En Ciudad Satélite hay una ley diferente: si alguno de los vecinos roba será expulsado para siempre de la colonia. Si su familia le recibe de vuelta, tendrá que exiliarse también. Si es una mujer la delincuente le cortarán el cabello y las cejas, para que la vergüenza se vea su cuerpo.
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Castigos mayas
APROXIMACIÓN A LA NORMATIVA PENAL DE LAS CULTURAS MAYA Y AZTECA
por Jaime Robleto Gutiérrez
Lo expresado en este aparte proviene mayoritariamente de la obra de Luis Antonio Díaz Vasconcelos [2] y como señala Juan de Dios González [3] , quien se basa en dicho autor, las inferencias normativas mayas narradas tienen un grado de probabilidad, no pudiendo afirmarse rotundamente. [4] No existía una concreción escrita del derecho penal maya, es atrevido de mi parte hacer la afirmación que tal derecho existió stricto sensu, puesto que los mayas catalogaban como asuntos dañinos graves lo que equivaldríamos hoy a delitos, tal ausencia de sistematización se mantiene en la actualidad entre sus comunidades. Los mayas velaban por bienes que podrían calificarse de garantizados, como la integridad nacional, la integridad personal, el honor en relación al matrimonio y la propiedad. [5]
En consecuencia, eran consideradas formas delictivas: la traición, el homicidio, el incendio, el adulterio, el rapto, el plagio, la acusación falsa, las lesiones, el robo, el impago de deudas [6] y los daños. Las sanciones tenían dos fines, unas eran de carácter compensatorio y otras de ejemplificación para prevenir la comisión de futuros delitos. [7]
Las penas eran la muerte, la esclavitud, la indemnización y la afrenta. Las resoluciones se dictaban de forma expedita luego de la audiencia por parte de los batabs o caciques, quienes tenían a su cargo la función de juzgar, estos eran nombrados por el halah uinic (jefe supremo, posición hereditaria por línea paterna) [8] aplicaban como penas principales la muerte (adúlteros, homicidas, incendiarios, raptores y corruptores de doncellas). La pena de muerte podía hacerse efectiva por introducción a un horno ardiente [9] , el estacamiento, la extracción de viseras por el ombligo, los flechazos, o el ser devorado por fieras, la ejecución era realizada inmediatamente por los tupiles (policías-verdugos) salvo que se tratara de lapidación por parte de toda la comunidad [10] y en cuanto a la esclavitud (principalmente en casos de robo cuando el objeto sustraído no se recuperaba), era posible además, que al ladrón le labraran (literalmente) el símbolo del objeto robado en el rostro.
El uso de testigos en el proceso era frecuente y las sentencias penales eran inapelables. El compañero de la adúltera podía morir o ser perdonado a elección del ofendido, en cambio la mujer adúltera tenía suficiente pena con la vergüenza, [11] el robo de bienes insustituibles -como se dijo- era sancionado con la esclavitud. La prisión no se consideraba un castigo, su propósito era detener al delincuente para aplicarle la pena impuesta, [12] a los menores infractores se les aplicaban castigos que no fueran graves. [13] El derecho penal maya era extremadamente severo, aunque con relación a la posterior normativa azteca pueda parecer moderado y más humanista en términos relativos. Como dos grandes hitos jurídicos, pueden catalogarse la posibilidad de indemnización en ciertos delitos [14] , así como la distinción entre dolo e imprudencia en los delitos de homicidio e incendio. [15]
Debe aclararse, que la mayor parte de la bibliografía consultada se ocupa del desarrollo normativo en las comunidades de etnia maya en el siglo XX y su interacción con las instituciones jurídicas gubernamentales, por ello la dificultad e interés en rescatar la etiología jurídica de este pueblo.
Leer más AQUÍ.
por Jaime Robleto Gutiérrez
Lo expresado en este aparte proviene mayoritariamente de la obra de Luis Antonio Díaz Vasconcelos [2] y como señala Juan de Dios González [3] , quien se basa en dicho autor, las inferencias normativas mayas narradas tienen un grado de probabilidad, no pudiendo afirmarse rotundamente. [4] No existía una concreción escrita del derecho penal maya, es atrevido de mi parte hacer la afirmación que tal derecho existió stricto sensu, puesto que los mayas catalogaban como asuntos dañinos graves lo que equivaldríamos hoy a delitos, tal ausencia de sistematización se mantiene en la actualidad entre sus comunidades. Los mayas velaban por bienes que podrían calificarse de garantizados, como la integridad nacional, la integridad personal, el honor en relación al matrimonio y la propiedad. [5]
En consecuencia, eran consideradas formas delictivas: la traición, el homicidio, el incendio, el adulterio, el rapto, el plagio, la acusación falsa, las lesiones, el robo, el impago de deudas [6] y los daños. Las sanciones tenían dos fines, unas eran de carácter compensatorio y otras de ejemplificación para prevenir la comisión de futuros delitos. [7]
Las penas eran la muerte, la esclavitud, la indemnización y la afrenta. Las resoluciones se dictaban de forma expedita luego de la audiencia por parte de los batabs o caciques, quienes tenían a su cargo la función de juzgar, estos eran nombrados por el halah uinic (jefe supremo, posición hereditaria por línea paterna) [8] aplicaban como penas principales la muerte (adúlteros, homicidas, incendiarios, raptores y corruptores de doncellas). La pena de muerte podía hacerse efectiva por introducción a un horno ardiente [9] , el estacamiento, la extracción de viseras por el ombligo, los flechazos, o el ser devorado por fieras, la ejecución era realizada inmediatamente por los tupiles (policías-verdugos) salvo que se tratara de lapidación por parte de toda la comunidad [10] y en cuanto a la esclavitud (principalmente en casos de robo cuando el objeto sustraído no se recuperaba), era posible además, que al ladrón le labraran (literalmente) el símbolo del objeto robado en el rostro.
El uso de testigos en el proceso era frecuente y las sentencias penales eran inapelables. El compañero de la adúltera podía morir o ser perdonado a elección del ofendido, en cambio la mujer adúltera tenía suficiente pena con la vergüenza, [11] el robo de bienes insustituibles -como se dijo- era sancionado con la esclavitud. La prisión no se consideraba un castigo, su propósito era detener al delincuente para aplicarle la pena impuesta, [12] a los menores infractores se les aplicaban castigos que no fueran graves. [13] El derecho penal maya era extremadamente severo, aunque con relación a la posterior normativa azteca pueda parecer moderado y más humanista en términos relativos. Como dos grandes hitos jurídicos, pueden catalogarse la posibilidad de indemnización en ciertos delitos [14] , así como la distinción entre dolo e imprudencia en los delitos de homicidio e incendio. [15]
Debe aclararse, que la mayor parte de la bibliografía consultada se ocupa del desarrollo normativo en las comunidades de etnia maya en el siglo XX y su interacción con las instituciones jurídicas gubernamentales, por ello la dificultad e interés en rescatar la etiología jurídica de este pueblo.
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19 November 2011
Entrevista para elPeriodico
"La pregunta es si el Estado puede recuperar el monopolio de la fuerza”
Analista Político de CABI, Carlos Mendoza, estudia la violencia homicida y los linchamientos desde hace más de 10 años. Por la vía electrónica contestó las siguientes preguntas desde Cleveland, Ohio, donde reside, para conversar sobre un aumento de linchamientos en el país y el vigilantismo, a propósito de lo que ocurre en Panajachel y otros lugares.
Leer más AQUÍ.
18 November 2011
Motines de Indios
Motines de indios. La violencia colonial en Centroamérica y Chiapas.
Martínez Peláez, Severo.
Guatemala: F&G Editores, noviembre de 2011, 2da. edición. xii+502 págs.
12.7 x 20.3 cms. ISBN: 978-9929-552-48-7. Rústica.
Leer más AQUÍ.
Tesis de grado sobre linchamientos (UVG)
Hoy encontré en el Internet este aporte:
Linchamiento Caso Matanzas, Purulhá, Baja Verapaz, Octubre 2001.
Universidad Mariano Gálvez de Guatemala
Técnico en Ciencias Criminológicas
Ervin Geovany Mayén Veliz (2003)
17 November 2011
Seguimiento al caso Panajachel
La impunidad (que sigue) en Panajachel
Diez días después de la publicación sobre La impunidad de los encapuchados en Panajachel, y de la decisión de un fiscal de ordenar la detención de los líderes de la Junta Local de Seguridad, la situación en el lugar parece la segunda parte de una pesadilla. Al mediodía del 4 de noviembre, una alemana fue detenida por la PNC a solicitud de la Junta por negarse a firmar una carta en contra de la periodista Lucía Escobar.
Leer más en PlazaPública
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